Cobro ejecutivo · Recupero de deudas

Si hay una deuda documentada,
hay una vía rápida para cobrarla

Un pagaré, un cheque rechazado o un contrato de mutuo impago tienen una vía judicial más corta que un juicio común: el juicio ejecutivo no discute el origen de la deuda, sólo verifica el documento y avanza directo al cobro.

Parte actora — si te deben a vos

Qué se puede cobrar por la vía ejecutiva

El cobro ejecutivo no discute la causa de la deuda: sólo verifica el documento y avanza directo al cobro.

01

Pagarés impagos

Si te firmaron un pagaré y no te pagaron, se inicia la ejecución para cobrar el capital y los intereses.

02

Cheques rechazados

Un cheque sin fondos o rechazado por el banco también habilita el cobro ejecutivo, más rápido que un juicio común.

03

Intereses y gastos

Además del capital adeudado, se reclaman los intereses pactados o legales y los gastos del juicio.

04

Contratos de mutuo

Si prestaste dinero con un contrato firmado, ese instrumento permite ejecutar la deuda directamente.

05

Deudas comerciales documentadas

Facturas conformadas, contratos y otros documentos que acrediten una deuda líquida y exigible.

06

Embargo de bienes

Si el deudor no paga, se puede pedir el embargo de sus bienes o cuentas para asegurar el cobro.

Situaciones que atendemos

Situaciones que atendemos

Un pagaré vencido, un cheque rechazado, una deuda entre empresas: documentos que tienen una vía directa para cobrarse.

Cobro de pagarés

Si tenés un pagaré firmado y no te pagaron, iniciamos la ejecución para cobrarlo.

  • Pagarés vencidos
  • Pagarés entre particulares
  • Pagarés comerciales
  • Renovaciones impagas
Consultar por un pagaré

Cheques rechazados

Analizamos el cheque y la causal de rechazo para iniciar el cobro ejecutivo.

  • Cheques sin fondos
  • Rechazados por otras causales
  • Cheques entre empresas
  • Cheques de terceros
Consultar por un cheque

Deudas comerciales y mutuos

Te ayudamos a cobrar deudas documentadas entre empresas o particulares.

  • Contratos de mutuo
  • Facturas conformadas
  • Deudas entre comercios
  • Deudas entre particulares
Consultar por una deuda comercial

Embargo y medidas cautelares

Si el deudor no responde, pedimos medidas para asegurar el cobro.

  • Embargo de cuentas
  • Embargo de bienes
  • Inhibición general de bienes
  • Seguimiento del embargo
Consultar por un embargo

Preguntas frecuentes

Un documento. Una deuda. Una pregunta: ¿cómo se cobra?

Es más corto que un juicio ordinario porque no se discute la causa de la deuda, sólo se verifica el documento. El plazo exacto depende del juzgado, pero cuanto antes se inicia, antes se cobra.

Pagarés, cheques rechazados, contratos de mutuo, facturas conformadas y otros títulos que acrediten una deuda líquida y exigible.

Sí. Un cheque rechazado por el banco habilita la vía ejecutiva para cobrarlo.

Se puede investigar su patrimonio y solicitar medidas cautelares. Cada caso requiere evaluar qué alternativas existen.

Depende del monto reclamado y de la situación puntual. Te lo detallamos claro en la primera consulta.

Parte demandada

Si te inician un juicio o te embargaron,
hay forma de defenderte

Que te reclamen una deuda no significa que no tengas nada para hacer. Hay plazos, defensas y excepciones que pueden cambiar el resultado del juicio, incluso si la deuda existe.

Qué se puede hacer si te reclaman una deuda

Hay defensas específicas para el juicio ejecutivo, incluso cuando la deuda existe: la diferencia está en cómo se plantea.

01

Excepciones al progreso de la ejecución

Defensas como el pago, la prescripción o la falsedad del título pueden frenar o achicar el reclamo.

02

Revisión del monto reclamado

Muchas veces se cobran intereses o gastos que no corresponden. Revisamos la cuenta antes de que avance el embargo.

03

Levantamiento de embargos

Si ya te embargaron una cuenta, el sueldo o un bien, evaluamos cómo levantarlo o reducirlo.

04

Acuerdos de pago

Negociamos con el acreedor un plan de pagos que evite el remate o el embargo.

05

Defensa frente a intimaciones

Si un estudio jurídico te mandó una carta documento o te está reclamando antes del juicio, te asesoramos antes de que avance.

06

Nulidad de notificaciones

Si nunca te notificaron correctamente la demanda, eso puede ser motivo para anular lo actuado.

Situaciones que atendemos

Situaciones que atendemos

Un embargo, una demanda, una carta documento: cada reclamo tiene un plazo y una forma de responderlo.

Me embargaron el sueldo o la cuenta

Si ya te llegó un embargo, analizamos si corresponde y cómo reducirlo o levantarlo.

  • Embargo de sueldo
  • Embargo de cuenta bancaria
  • Embargo de bienes
  • Inhibición general
Consultar por un embargo

Me iniciaron un juicio ejecutivo

Si te notificaron una demanda por un pagaré, cheque o deuda, evaluamos qué defensas tenés.

  • Demanda por pagaré
  • Demanda por cheque
  • Demanda por deuda comercial
  • Plazos para contestar
Consultar por una demanda

Un estudio jurídico me está reclamando

Si te llegó una carta documento o un llamado de un estudio por una deuda, te decimos cómo responder antes de que sea peor.

  • Cartas documento
  • Llamados de estudios de cobranza
  • Negociación previa al juicio
  • Evitar que avance a un embargo
Consultar antes de responder

No puedo pagar la deuda

Si la deuda es real pero no podés afrontarla como te la reclaman, buscamos un acuerdo.

  • Planes de pago
  • Quitas y refinanciación
  • Evitar el remate de bienes
  • Negociación con el acreedor
Consultar por un acuerdo

Preguntas frecuentes

Un reclamo. Un plazo. Una pregunta: ¿cómo te defendés?

Hay un plazo breve para presentarte y oponer excepciones. Cuanto antes consultes, más opciones de defensa quedan disponibles.

En muchos casos sí, total o parcialmente, según el tipo de deuda y el monto embargado. Lo evaluamos con el expediente a la vista.

La prescripción es una defensa válida en el juicio ejecutivo. Revisamos los plazos antes de presentar cualquier excepción.

No necesariamente. Antes de pagar o firmar cualquier acuerdo, conviene revisar si el monto y los intereses reclamados son correctos.

Sí. Muchas veces conviene acordar un plan de pagos antes de que el embargo avance. Te ayudamos a negociar esas condiciones.

Reseñas en Google

Lo que dicen quienes ya consultaron.

Opiniones recientes publicadas por clientes en el perfil de Google del estudio.

4,8 Valoración en Google

la verdad la atención y eficaz con mi divorcio.la sentencia salio en menos d 1 mes ..agradecida al estudio jurídico integral oliva&asociados y a todos los q trabajaron . abril tambien gracias x ocuparse en mi caso gracias .

Valeria Alejandra PetosaReseña en Google

Muy buena atención del doctor. David oliva muy agradecido por tu atención.

Daniel PalavecinoReseña en Google

Muy eficientes en su trabajo ya sea con los tramites y el acompañamiento que uno necesita , muy recomendable

Sebastian Perez BaezReseña en Google

Contacto

Contanos tu caso

Escribinos con un resumen de la deuda y la documentación que tengas: el pagaré, el cheque, el contrato o la demanda que te llegó. Te respondemos con los pasos a seguir y, si corresponde, coordinamos una entrevista en el estudio.

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